FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Once
- Ambientes 3
- Dormitorios 2
- Baños 1
- Antigüedad 20 años
- Estado Excelente
- Disposición Contrafrente
- Sup. Propia 120,00 m2
- Sup. Cubierta 60,00 m2
- Sup. Descubierta 60,00 m2
U$S 600
ALQUILER
Uriburu 300
Once
ONCE - ZONA FACULTADES: Alquiler Temporario Impecable Departamento 3 ambientes + terraza excelente zona!
Ubicación: Uriburu 300 Capital Federal (Uriburu y Av Corrientes)
Amplio y moderno departamento amoblado y equipado con amplia terraza con parrilla
Cuenta con 2 dormitorios con 2 sommier individuales cada uno.
Living comedor con mesa y sillas y cocina incorporada.
Baño completo. Equipado para 4 personas. Se accede por escaleras.
Excelente conectividad y ubicación, próximo a Subte B y D y Zona Facultades. Ideal estudiantes extranjeros!
PAQUETE MENSUAL: U$600 (mas luz, agua e internet)
Requisitos contrato semestral renovable:
1 mes de alquiler por adelantado
1 mes de deposito reembolsable
1 mes comisión inmobiliaria por única vez.
+ demostración de ingresos económicos / constancia de alumno universitario
DETALLE DE LA PROPIEDAD
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.